jueves, 9 de abril de 2020

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE PERSONAS
CON DISCAPACIDAD DEL PERÙ
CONFENADIP



Inscrita en Registros Públicos – Partida Electrónica Nº 11160305
Afiliada a la Organización Mundial de Personas con Discapacidad


“Año de la universalización de la salud”
OFICIO Nº 040 -2020-P/CONFENADIP
Lima, 06 de abril del 2020


Excelentísimo Señor
Ing. Martin Alberto Vizcarra Cornejo
Presidente Constitucional de la República del Perú

ASUNTO: Propuesta de Programa social de emergencia para personas con discapacidad frente a la pandemia del COVID-19.


Expresándole nuestro atento y cordial saludo y en la línea de emergencia que Ud. ha marcado para enfrentar la Pandemia del coronavirus COVID – 19, nos permitimos hacerle llegar la siguiente propuesta ante el hecho de que una cantidad importante de personas con discapacidad en todo el territorio nacional no cuenta con dinero, ni alimentos, ni se encuentran registrados en el SISFOH, CONADIS, ni programa CONTIGO, para enfrentar los efectos dramáticos de orden socioeconómico a causa de la expansión del COVID-19, basados en la siguiente normativa:

1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ
Artículo 7: Derecho a la salud. Protección al discapacitado
Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad.



2. LEY GENERAL DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD - LEY 29973
Artículo 1. Finalidad de la Ley
La presente Ley tiene la finalidad de establecer el marco legal para la promoción, protección y realización, en condiciones de igualdad, de los derechos de la persona con discapacidad, promoviendo su desarrollo e inclusión plena y efectiva en la vida política, económica, social, cultural y tecnológica.

Artículo 6. Recursos del Estado
6.1 El Estado asigna progresivamente los recursos presupuestales necesarios para la promoción, protección y realización de los derechos de la persona con discapacidad, y promueve la cooperación internacional en esta materia. Los gobiernos regionales y las municipalidades promueven la participación de las organizaciones de personas con discapacidad en el proceso de programación participativa del presupuesto y les presta asesoría y capacitación.
Artículo 61. Acceso a programas sociales
Las personas con discapacidad son beneficiarias de los programas sociales, salud, alimentación, vestido y vivienda adecuados, y acceso a servicios públicos que brinda el Estado, sin que para ello se aplique el requisito de límite de edad. Los programas sociales brindan atención preferente a la persona con discapacidad, especialmente a las mujeres, niños, niñas y a quienes vivan en situación de pobreza para sufragar gastos relacionados con su discapacidad.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA. Partidas en el Presupuesto de la República La presente Ley se financia con cargo a los presupuestos institucionales de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Los titulares de los pliegos toman en cuenta las obligaciones contenidas en la presente Ley para la programación de sus gastos.



3. CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD DE LAS NACIONES UNIDAS
Aprobado con Resolución Legislativa N° 29127 y ratificado con Decreto Supremo 073- RE por el Estado Peruano.
Artículo 10 Derecho a la vida
Los Estados Partes reafirman el derecho inherente a la vida de todos los seres humanos y adoptarán todas las medidas necesarias para garantizar el goce efectivo de ese derecho por las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
Artículo 11 Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias
Los Estados Partes adoptarán, en virtud de las responsabilidades que les corresponden con arreglo al derecho internacional, y en concreto el derecho internacional humanitario y el derecho internacional de los derechos humanos, todas las medidas necesarias para garantizar la seguridad y la protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas situaciones de conflicto armado, emergencias humanitarias y desastres naturales.
Ante la inmovilización y aislamiento social decretado por el Gobierno, se ha priorizado la atención a las poblaciones más vulnerables del país. En ese sentido, el Poder Ejecutivo está dictando medidas de asistencia económica que permitan sobrellevar la situación de emergencia sanitaria que en el caso de la población con discapacidad debería alcanzar a 3 051 612 millones de personas estimadas en el último CENSO 2017 según INEI, y que según su proyección al 2020, serian 3 413 733, del total proyectado de 32 824 358 habitantes, es decir el 10.4%.
Sin embargo, las medidas no son suficientes en su cobertura y cada día se evidencia más la situación de vulnerabilidad de las personas con discapacidad que aún no están siendo atendidas en sus necesidades básicas a nivel nacional. El padrón y registro que administran el MIDIS y CONADIS sólo reflejan algunos segmentos de pobreza extrema en que viven las personas con discapacidad, mas no ofrecen una lectura completa multidimensional de sus condiciones de vida hoy gravemente afectadas, por ejemplo: En el Registro de Personas con Discapacidad del Registro Nacional de la Persona con Discapacidad – RNPCD, al 31 de enero del 2020, se ha incorporado a 292,580 personas con discapacidad.
El Programa Nacional de Entrega de la Pensión no Contributiva a Personas con Discapacidad Severa en Situación de Pobreza-Contigo, del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), culminó el 2019 con 39,890 usuarios que reciben una subvención económica de 300 soles cada dos meses. Siendo que, según el proyectado y los registros aún existe una brecha que no accede a los beneficios del Estado.
Ante esta realidad, el Estado cuenta con herramientas de política pública que hasta la fecha no han sido activadas en su totalidad pese a que cada año forman parte de las disposiciones contenidas en las leyes de presupuesto público. Nos referimos a la facultad que tienen los gobiernos regionales y locales para aplicar hasta el 1% de sus presupuestos en temas de accesibilidad e infraestructura física y gestión de oficinas especializadas que deberían atender la problemática de la población con discapacidad, mostrándose en el siguiente cuadro el presupuesto disponible al 2020.

1% discapacidad
CONCEPTO 2019 2020 1% DEL 2019 1% DEL 2020
GOBIERNO
REGIONAL S/39,537,943,420 S/36,097,102,964 S/395,379,434 S/360,971,030
GOBIERNO
LOCAL S/35,638,124,551 S/28,681,093,460 S/356,381,246 S/286,810,935
S/75,176,067,971 S/64,778,196,424 S/751,760,680 S/647,781,964

Un antecedente a tomar en cuenta es que, en el año 2019, mediante Ley del Presupuesto del sector público 2019 Ley 30879 – en su trigésima octava disposición complementaria estableció:
TRIGÉSIMA OCTAVA. Los gobiernos locales y gobiernos regionales están obligados para utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional a favor de la realización de obras, mantenimiento, reparación o adecuación destinados a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades incluyendo el acceso a los palacios y demás sedes municipales y regionales que están al servicio de todos los ciudadanos y prioritariamente a los que presenten algún tipo de discapacidad. Asimismo, los gobiernos locales y gobiernos regionales están obligados para utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las Oficinas Municipales de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPEDS) y las Oficinas Regionales de Atención a la Persona con Discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción. Los gobiernos regionales y gobiernos locales informan anualmente, por escrito, a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición, bajo responsabilidad del titular del pliego, gerente general y gerente municipal respectivamente. Una copia de dicho informe se remite al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis). El plazo para enviar el informe anual para ambas comisiones es de noventa (90) días calendario de culminado el año fiscal correspondiente.
Mediante esta ley era ejecutable la obligación por parte de los 26 Gobiernos Regionales y 1874 Gobiernos locales en materia de discapacidad S/ 751 760 680 de soles , situación que no se ha dado, recayendo en sus titulares de pliegos presupuestales, responsabilidad funcional y penal.


Siendo nuestra propuesta:
Que, los S/ 647 781 964 soles autorizados en materia de discapacidad para este año fiscal 2020:
• Créase un PROGRAMA SOCIAL DE EMERGENCIA FRENTE A LA PANDEMIA DEL COVID – 19 DE SUBSIDIOS ECONÓMICOS Y DE ENTREGA DE ALIMENTOS A FAVOR DE LAS PERSONAS CON
DISCAPACIDAD 
que no han sido consideradas en el SISFOH, en el programa contigo, que no cuenten con pensión, que no se encuentren laborando en el sector público ni privado como dependientes, el mismo que debe estar a cargo de cada municipalidad y cada gobierno regional, las que deberán también empadronar a dichas personas con los fondos que prevé el Decreto de Urgencia N° 014-2019 que establece en su trigésima quinta disposición complementaria.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
Trigésima Quinta. Los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales están autorizados para utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional a favor de la realización de obras, mantenimiento, reparación o adecuación destinados a mejorar o proveer de accesibilidad a la infraestructura urbana de las ciudades incluyendo el acceso a los palacios y demás sedes municipales y regionales que están al servicio de todos los ciudadanos y prioritariamente a los que presenten algún tipo de discapacidad.
Asimismo, los Gobiernos Locales y Gobiernos Regionales están autorizados para utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios que por ley deben realizar las Oficinas Municipales de Atención a la Persona con Discapacidad (OMAPEDS) y las Oficinas Regionales de Atención a la Persona con Discapacidad (OREDIS) a favor de la población con discapacidad de su jurisdicción.

Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales informan anualmente, por escrito, a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la Afiliada a la Organización Mundial de Personas con Discapacidad
República, sobre el cumplimiento de lo establecido en la presente disposición, bajo responsabilidad del titular del pliego, gerente general y gerente municipal respectivamente. Una copia de dicho informe se remite al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS). El plazo para enviar el informe anual para ambas comisiones es de noventa (90) días calendario de culminado el año fiscal correspondiente.

Siendo así, en el marco de la emergencia sanitaria que vive nuestro país como consecuencia del brote del COVID 19, es necesario que dichos recursos estimados en un total de S/ 647 781 964 soles, se reorienten hacia las personas con discapacidad priorizando no solo su condición de severidad establecido en los certificados médicos, sino atendiendo a criterios que las propias oficinas especializadas (OREDIS y OMAPED) saben reconocer entre los grupos de población con discapacidad que residen en sus respectivos territorios, como son: grado actual de dependencia, situación laboral, necesidades médicas, entre otros.




Señor presidente, las personas con discapacidad en muchos casos son las más vulnerables de la población por estar vinculadas a su condición de adultos mayores de discapacidades múltiples y a sobrellevar enfermedades no transmisibles, el 76.8% de las mismas no cuentan con un empleo, el 88% no accede a la rehabilitación y los que laboran, subsisten del comercio ambulatorio o de oficios que les permiten obtener ingresos diarios, por lo que le solicitamos pueda Usted gestionar la creación del programa propuesto ante los gobiernos regionales y locales que cuentan con los recursos que el Decreto de Urgencia N° 014-2019 les ha otorgado, en el convencimiento que nuestro pedido está enmarcado en base a los derechos humanos de las leyes nacionales y normas internacionales en la materia, nos suscribimos de usted muy atentamente.

julioguzmanj@outlook.com
Cel. 51 988 368 420

martes, 7 de abril de 2020

LA DISCAPACIDAD EN TIEMPOS DEL CORONAVIRUS – COVID 19

La civilización humana a lo largo de su permanencia en el planeta ha vivido diversas epidemias y pandemias que en su tiempo afectaron a la población en todos los confines de la tierra, y que ineludiblemente continuaran su presencia de expansión en sus diversas formas en el futuro. 

El ser humano en su propia complexión física convive con cerca de 350 bacterias, virus y parásitos, es decir desarrollamos la inmunidad ante su presencia. Históricamente nos ha afectado con considerable perdida humana enfermedades reconocidas como pandemias siendo las más devastadoras: 
• PLAGA DE JUSTINIANO: Europa, Asia y África en los años 543 hasta 750 con numero de víctimas de 25 hasta 50 millones de personas, es decir el 13% y el 26% de la población mundial de esa época. 
• PESTE BUBÓNICA: En la edad media en los años 1347 y 1351 murieron más de 200 millones de personas. 
• LA VIRUELA: En 1520 en territorio americano causando una mortandad de 56 millones de nativos. • GRIPE ESPAÑOLA: En 1918 mato a 50 millones de personas 
• EL CÓLERA: En el siglo XIX y XX supera los 3 millones de muertes. 
• VIH SIDA: Desde 1981 ha matado entre 25 a 35 millones de personas. A pesar de esto nuestra especie humana está en condiciones de conservarse ya que en el mundo nacen 372 960 personas y mueren 155 520 cada día, por lo que se puede inferir que: • Nacimientos anuales: 136,130,400 • Muertes anuales: 56,764,800


El crecimiento medio anual de la población es aproximadamente: 79,365,600 Hoy en la tierra vivimos 7 700 000 000 seres humanos, de los cuales según el Banco Mundial y la OMS el 15% presenta algún tipo de discapacidad, es decir 1 155 000 000 personas, que es en la realidad la población mas vulnerable dado a que se encuentra asociada a los adultos mayores, discapacidades múltiples y enfermedades paralelas no transmisibles, a pesar de ello pareciera existir una indiferencia de los gobernantes del mundo que no definen de manera clara y especifica su atención prioritaria por las serias dificultades de acceso a la salud y a la alimentación, siendo un hecho que la mayoría de las personas con discapacidad viven en los países pobres o en desarrollo. 

 LA IRRUPCIÓN DEL CORONAVIRUS ha vuelto a desafiar el alcance de las políticas públicas en el mundo. En el planeta, al menos en materia sanitaria quedó expuesto un modelo de salud que no funciona como debiera, después de las varias crisis pandémicas vividas en los dos últimos siglos. Por un lado, en medio de los primeros efectos causados por el COVID-19 difundidos de manera oficial, se tienen datos sobre los déficits cuantiosos de equipos e insumos médicos, infraestructura hospitalaria y personal especializado en la materia. Ni que decir de las otras brechas de atención para enfermedades crónicas y males comunes que afectan con frecuencia a la población mundial sobre todos de los países en desarrollo. 

 De otro lado, se evidencia la escasa cobertura financiera para atenuar tales efectos. Escasa cobertura financiera que va desde los bajos presupuestos estatales disponibles hasta las débiles estructuras informáticas y administrativas que dificultan la llegada de esta ayuda a los grupos de población más vulnerables en todo el planeta. Y cuando nos referimos a los grupos de población más vulnerables a nivel mundial, debemos recordar al 15% de población que la OMS y el Banco Mundial estimaron en su momento que presentan alguna discapacidad, y preguntarnos sobre la eficacia de la política pública sobre discapacidad, no solo respecto a la crisis actual que vive el mundo, sino a sus resultados en el aspecto preventivo, traducido en el acceso a servicios de salud, educación, empleo y vivienda, que se traduce en el hecho de que las mayoría de personas con discapacidad no tienen un empleo y en consecuencia no podrán afrontar pandemias como el coronavirus con propias economías que les permitan subsistir el aislamiento social.

 Revisar el impacto de la política pública en discapacidad en el planeta, nos conducirá a analizar ¿Qué tipo de relación tienen los buenos indicadores de orden macroeconómico con las brechas socioeconómicas en materia de discapacidad? Una lectura crítica y objetiva de esa relación, nos dirá asimismo en qué medida se viene haciendo realidad la igualdad de oportunidades para cerca de 1 155 000 000 de personas con discapacidad a nivel mundial. Es innegable que en un mundo globalizado las pandemias se extenderán de forma más rápida poniendo a prueba los sistemas de salud de todos los países, con mayor intensidad de los países pobres y en desarrollo, con consecuencias inmediatas en modelos económicos con altos componentes de desigualdad y desprotección social. 

Por esta razón, cabe ahondar en la pregunta sobre la política pública aplicada en materia de discapacidad, hasta llegar a una más actual y lamentablemente vigente: ¿Cuánto tiempo más el modelo económico en el mundo debe hacer esperar a 1 155 000 000 de personas con discapacidad? Una espera que no solo debería tener como resultado la entrega de pensiones simbólicas o la aprobación de más normas legales, sino el despliegue de acciones preventivas y la creación de oportunidades reales de inclusión socioeconómica, que al final de cuentas favorecerán a la sociedad en su conjunto.

 La solidaridad no es una acción de oportunidad, sino una acción permanente del ser humano con sus congéneres, hoy el planeta y sus gobernantes nos encontramos de rodillas ante la presencia de un virus que sabíamos que iba llegar y que la propia ciencia no previó sus soluciones en el campo tecnológico y de medicación, todos debemos ser conscientes que la salud no puede ser un privilegio de los que mas tienen, el mundo entero se debe revelar para que la salud tenga características de orden publico y que no puede continuar en manos de los privados.

 Invocamos a los gobernantes del mundo y a los tomadores de decisiones, así como los organismos multinacionales como es el caso de las Naciones Unidas a tomar medidas de solución que se transformen en programas específicos para este segmento poblacional porque no se puede continuar viviendo con tratados internacionales y leyes nacionales impresas en el papel y que no se implementan a favor de las personas con discapacidad. Recordando que la salud es el equilibrio espiritual, mental y físico.

 Mg Julio Wilfredo Guzmán Jara 
Consejero Mundial de la Disabled People International – Organización Mundial de Personas con Discapacidad 
 julioguzmanj@outlook.com 
Cel. 51 988 368 420